El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación: análisis comparativo con referentes externos
DOI:
https://doi.org/10.16921/chasqui.v0i120.531Palabras clave:
Comunicación, consejo regulador, consejos audiovisuales, medios de comunicación social, derecho a la comunicaciónResumen
La Constitución Política de Ecuador de 2008 dispuso la creación de una Ley de Comunicación en el plazo de un año. La comisión especializada de la Asamblea Nacional trató varios proyectos en los que consta la conformación de un órgano encargado de promover las políticas públicas de comunicación y regular el ejercicio de los medios. Hasta noviembre de 2012, la Ley de Comunicación no ha sido aprobada. Para legitimar y apresurar su aprobación, el presidente Rafael Correa convocó, en mayo de 2011, una consulta popular que, entre otros puntos, preguntó sobre la creación de un Consejo de Regulación que controle los mensajes de violencia y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores y los medios. El propósito de este trabajo es medir el nivel de independencia del Consejo de Regulación con relación a cinco referentes internacionales.Descargas
Número
Sección
Ensayo
Licencia
- Los autores/as conservarán plenos derechos de autor sobre su obra y garantizarán a la revista el derecho de primera publicación, el cuál estará simultáneamente sujeto a la Licencia Reconocimiento-SinObraDerivada de Creative Commons (CC BY-ND), que permite a terceros la redistribución, comercial y no comercial, siempre y cuando la obra no se modifique y se transmita en su totalidad, reconociendo su autoría.
- Los autores/as podrán adoptar otros acuerdos de licencia no exclusiva de distribución de la versión de la obra publicada (p. ej.: depositarla en un archivo telemático institucional o publicarla en un volumen monográfico) siempre que se indique la publicación inicial en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as difundir su obra a través de Internet.